El 25 de marzo de 2016, el juez de medidas provisionales del Tribunal de Distrito de Limburgo se pronunció de nuevo en un procedimiento de medidas provisionales iniciado por la Sra. J.J.H.M. de Crom en el contexto del cierre de una casa. Tras encontrar una pequeña cantidad de cáñamo en una casa de Maastricht, el alcalde del municipio de Maastricht quería cerrar la casa durante tres meses en virtud del artículo 13b de la Ley del Opio. Esto habría puesto a los residentes en la calle inmediatamente.
Se argumentó en nombre de los demandantes que la decisión del alcalde no podía mantenerse en la fase de objeción y que debía concederse un requerimiento preliminar por razones de urgencia. Según de Crom, la vivienda no debía ser clausurada porque el cáñamo encontrado en ella no era una "cantidad comercial". La cantidad de cáñamo encontrada en la vivienda era para uso personal.
El juez de medidas provisionales del Tribunal de Distrito de Limburgo considera que lo anterior no es inverosímil dada la situación de los residentes y opina que debe concederse la disposición. A la espera de la fase de impugnación, el Ayuntamiento de Maastricht no podrá cerrar la propiedad.