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La revisión puede anular completamente una condena penal irrevocable. Si se concede una solicitud de revisión, el Tribunal Supremo determina que el caso penal debe ser completamente reevaluado.
¿Qué es la revisión?
¿Quién puede solicitar la revisión?
Tanto la fiscalía como el condenado pueden solicitar la revisión de una causa penal. Si el fiscal solicita una revisión, se denomina revisión a peor. Una revisión a iniciativa del condenado se denomina revisión en beneficio del condenado. Ambas variantes se analizan a continuación.
¿Qué sentencias puede solicitar que se revisen?
Sólo se puede solicitar una revisión si ha sido condenado por un tribunal holandés en una causa penal. Además, la sentencia debe ser firme. Si aún existe la posibilidad de recurrir, la revisión no es posible.
¿Cuáles son los motivos de revisión?
La revisión de una causa penal puede tener lugar por 3 razones. En primer lugar, la revisión es posible si dos condenas no coinciden. Este es el caso, por ejemplo, si el juez ha condenado a la persona A por un delito y la persona B ha sido condenada por el mismo delito. Asimismo, si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que se ha violado un derecho humano, la revisión puede tener lugar. La razón más común para la revisión es que se ha conocido un hecho nuevo después de la vista. Esto se denomina novum. Ese novum debe ser tan significativo que existan dudas considerables sobre si la condena estaba justificada. Ejemplos de un novum son nuevas apreciaciones de los expertos, nuevos Investigación del ADN y un testigo prestando una nueva declaración.
¿A quién se puede solicitar la revisión?
¿Qué ocurre cuando tiene lugar una revisión?
¿Necesito un abogado penalista para una petición de revisión?
¿Qué sentencias puede pedir la fiscalía que se revisen?
Existen requisitos más estrictos para la revisión prejudicial que para una revisión solicitada por el condenado. Debe haber pruebas de que la absolución fue probablemente injustificada. La fiscalía puede solicitar la revisión en dos casos.
El primer motivo de revisión es que se haya conocido un hecho nuevo (novum) después de la vista. No todos los hechos nuevos pueden dar lugar a una revisión por prejuicio. Sólo si hay una confesión creíble del acusado o de un coacusado o nuevas pruebas técnicas puede reabrirse el caso. Además, el caso debe tratarse de un delito en el que se haya causado intencionadamente la muerte de otra persona.
Además, existen otros cuatro motivos por los que puede tener lugar la revisión:
- La condena se basa en un documento falsificado.
- La condena se basa en la mentira de un testigo o perito.
- No hubo condena porque el acusado era culpable de soborno, amenaza o coacción.
- No hubo condena porque el juez fue sobornado.
La revisión por cualquiera de estos 4 motivos puede solicitarse para todos los delitos y faltas.
¿Cuáles son las razones de la revisión en detrimento?
Existen requisitos más estrictos para la revisión prejudicial que para una revisión solicitada por el condenado. Debe haber pruebas de que la absolución fue probablemente injustificada. La fiscalía puede solicitar la revisión en dos casos.
El primer motivo de revisión es que se haya conocido un hecho nuevo (novum) después de la vista. No todos los hechos nuevos pueden dar lugar a una revisión por prejuicio. Sólo si hay una confesión creíble del acusado o de un coacusado o nuevas pruebas técnicas puede reabrirse el caso. Además, el caso debe tratarse de un delito en el que se haya causado intencionadamente la muerte de otra persona.
Además, existen otros cuatro motivos por los que puede tener lugar la revisión:
- La condena se basa en un documento falsificado.
- La condena se basa en la mentira de un testigo o perito.
- No hubo condena porque el acusado era culpable de soborno, amenaza o coacción.
- No hubo condena porque el juez fue sobornado.
La revisión por cualquiera de estos 4 motivos puede solicitarse para todos los delitos y faltas.
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