¿Existe impedimento en persona 'de cualquier otra forma' a.b.i. Art 6:106.b BW?
HR reitera las consideraciones pertinentes de HR:2019:793 y HR:2019:376 en relación con los casos en los que puede haber menoscabo de la persona "de otra manera" a.b.i. Art. 6:106.b BW.
La admisión de la demanda de b.p. y la imposición de una medida de indemnización se basan en la opinión del Tribunal de Apelación de que, a la vista de la naturaleza y gravedad de la infracción de las normas y de las consecuencias de la misma, se ha producido un daño personal "de otro tipo" en virtud del art. 6:106b del Código Civil holandés. En esencia, el tribunal de apelación basó esta conclusión en el hecho de que b.p. fue amenazada de un delito contra la vida en un correo electrónico enviado a su empleador, que como resultado b.p. tuvo que tomar medidas para protegerse y sentirse segura, y que esta amenaza tuvo un "gran impacto" en b.p., en parte en vista de su responsabilidad por la seguridad de su personal. Sin embargo, estas conclusiones no pueden respaldar una conclusión de daño personal "de cualquier otro modo", teniendo en cuenta además que el tribunal no estableció en qué consistía concretamente ese gran impacto, mientras que el formulario de reclamación también muestra que b.p. "ahora se siente razonablemente segura de nuevo".
Sigue la anulación (parcial) respecto a la reclamación b.p. y la imposición de una medida de compensación y anulación.