La solicitud de levantamiento de la suspensión de la detención preventiva por violación de las condiciones generales y especiales no fue presentada por el fiscal hasta el martes 20 de febrero de 2024. Teniendo en cuenta las disposiciones del artículo 84 párrafo 2 del Código de Procedimiento Penal, en opinión del tribunal de apelación, la demanda debería haberse presentado sin demora, es decir, lo antes posible, después de la detención del sospechoso. En opinión del tribunal de apelación, esto significa que la reclamación debería haberse presentado a más tardar el lunes por la mañana. Dado que esto no ocurrió, se ha producido una violación del artículo 84.2 del Código de Procedimiento Penal y, en opinión del tribunal, esto debería llevar a rechazar la reclamación.
La mujer que fue rociada con aceite hirviendo por su marido Yilmaz D. (43) en febrero salió brevemente el miércoles.