Se acusa al acusado de haber participado como directivo de facto o en persona en el soborno activo de un funcionario público y falsificación. El tribunal no ha podido establecer que el funcionario público proporcionara contraprestación alguna por los pagos efectuados por la entidad jurídica en la que el acusado era directivo. Tampoco se ha establecido que la entidad jurídica supiera que un subcontratista sobornó al funcionario público cobrándole de más al municipio de Rotterdam. Tampoco puede probarse que el acusado fuera culpable de ello en persona. Además, no hay pruebas suficientes de que la entidad jurídica supiera que se falsificaron documentos o de que el acusado tuviera algo que ver en ello. Absolución.
Ocho años de cárcel para un hombre por rociar a su pareja con aceite caliente (Rechtspraak.nl)
Un hombre de 43 años ha sido condenado a ocho años de prisión por el Tribunal de Distrito de Brabante Oriental. Arrojó